miércoles, 30 de marzo de 2011

LOS IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES


IVA
El impuesto sobre las ventas, comúnmente denominado Impuesto al Valor Agregado IVA, es un gravamen que recae sobre el consumo de bienes, servicios y explotación de juegos de suerte y azar. Es un impuesto del orden nacional, indirecto,  de naturaleza real, de causación instantánea y de régimen general. En Colombia se aplica en las diferentes etapas del ciclo económico de la producción, distribución, comercialización e importación.

TARIFAS de IVA QUE APLICAN AL SECTOR TURISTICO
§  IVA de Alojamiento prestado por establecimientos hoteleros y de hospedaje: 10%.
§  IVA del Servicio prestado por los moteles, cualquiera sea la denominación que se les dé a tales establecimientos: 16%.
§  IVA Servicio de Transporte aéreo nacional e internacional de pasajeros: 16%.
§  IVA Servicio de Restaurante: 16%.


INGRESOS GRAVADOS, EXCLUIDOS Y EXENTOS

§  Ingreso Gravado. Es aquel que sí genera el pago de impuesto.
Un ejemplo de Ingreso Gravado seria el 10 % que se cobran los hoteles por el servicio de alojamiento (IVA 10%).

§  Ingreso Excluido. Es aquel que no causa el impuesto sobre las ventas y la ley taxativamente lo causa como tal.
Un ejemplo de Ingreso Excluido seria, el transporte aéreo nacional de pasajeros con destino o procedencia de rutas nacionales donde no exista transporte terrestre organizado.
Tómese para todos los efectos legales como zona de difícil acceso aquellas regiones de Colombia donde no haya transporte organizado, certificado por el Ministerio de Transporte.

§  Ingreso Exento. Es Aquel que, atendiendo tanto a la naturaleza como su destinación, La Ley ha calificado como tal. Estos ingresos tienen un tratamiento especial y se encuentran gravados a la tarifa del 0%.

Un  ejemplo de Ingreso Exento, serian los servicios turísticos prestados a residentes en el exterior que sean utilizados en el territorio Colombiano, originados en paquetes vendidos por agencias operadoras u hoteles inscritos en el registro nacional de turismo, tal como lo establece la Ley 300 de 1996, modificada por la ley 1101 de 2006. En el caso de los servicios hoteleros la ley rige independientemente que el responsable del pago sea el huésped no residente en Colombia  o la Agencia de Viajes.

La diferencia entre ingresos exentos y excluidos del IVA consiste en que los bienes exentos si están sometidos al impuesto aunque a la tarifa 0%, mientras los excluidos simplemente no son objeto de imposición.

TASA, CONTRIBUCION Y SU DIFERENCIA CON LOS IMPUESTOS
Los "impuestos" son obligaciones que el Estado impone a los asociados sin contraprestación directa ni personal; son obligatorios, unilaterales y el contribuyente no recibe en forma directa ningún beneficio. Las "tasas", por su parte, son desembolsos pecuniarios que hacen los particulares al Estado como prestación a su servicio. Suelen ser voluntarias, unilaterales, y existe una relación entre el valor pagado y el beneficio recibido, sin que tal relación sea de total equivalencia. Y las "Contribuciones Parafiscales" son los gravámenes establecidos con carácter obligatorio por la ley, que afectan a un determinado y único grupo social o económico y se utilizan para beneficio del propio sector.
El impuesto es similar a las Contribuciones parafiscales, en el sentido de que ambos son obligatorios, pero se diferencian en que en el impuesto no hay retribución por el pago, mientras que en la contribución parafiscal existe un beneficio, así sea potencial.

FACTURA


FACTURA
El Código de comercio colombiano, en el artículo 772 define la factura como:
“Factura cambiaria de compraventa es un título valor que el vendedor podrá librar y entregar o remitir al comprador.
No podrá librarse factura cambiaria que no corresponda a una venta efectiva de mercaderías entregadas real y materialmente al comprador”.

TIPOS DE FACTURA
Se distinguirán dos tipos de factura: (a) la factura de los comerciantes [o simplemente factura comercial] y (b) la factura de venta [o simplemente factura tributaria]. La factura de los comerciantes será título valor y servirá para soportar los efectos que ha determinado la Ley 1231 de 2008, es decir, podrá ser endosada y negociada con empresas especializadas en compra de cartera y podrá ser cobrada coactivamente mediante proceso ejecutivo. No así con la factura tributaria que deberá ser emitida por los no comerciantes, en cumplimiento de su deber formal impositivo, sin que dicho documento pueda tomar la calidad de título valor.

CARACTERISTICAS O PARTES DE LA FACTURA
Requisitos de la factura.
Para que una factura sea legalmente valida, y que pueda constituir un titulo valor, debe contener como mínimo los siguientes requisitos:
Código de comercio, Art. 774.
“La factura cambiaria de compraventa deberá contener, además de los requisitos que establece el artículo 621, los siguientes:
1.         La mención de ser “factura cambiaria de compraventa”;
2.       El número de orden del título;
3.       El nombre y domicilio del comprador;
4.       La denominación y características que identifiquen las mercaderías vendidas y la constancia de su entrega real y material;
5.       El precio unitario y el valor total de las mismas, y
6.       La expresión en letras y sitio visibles de que se asimila en sus efectos a la letra de cambio.

La omisión de cualquiera de estos requisitos no afectará la validez del negocio jurídico que dio origen a la factura cambiaria, pero ésta perderá su calidad de título-valor”.


Código de comercio, Art. 621.
“Además de lo dispuesto para cada título-valor en particular, los títulos-valores deberán llenar los requisitos siguientes:
1.         La mención del derecho que en el título se incorpora, y
2.       La firma de quien lo crea.

La firma podrá sustituirse, bajo la responsabilidad del creador del título, por un signo o contraseña que puede ser mecánicamente impuesto.
Si no se menciona el lugar de cumplimiento o ejercicio del derecho, lo será el domicilio del creador del título; y si tuviere varios, entre ellos podrá elegir el tenedor, quien tendrá igualmente derecho de elección si el título señala varios lugares de cumplimiento o de ejercicio. Sin embargo, cuando el título sea representativo de mercaderías, también podrá ejercerse la acción derivada del mismo en el lugar en que éstas deban ser entregadas.
Si no se menciona la fecha y el lugar de creación del título se tendrán como tales la fecha y el lugar de su entrega”.

Para efectos tributarios, la factura debe contener mínimo los siguientes requisitos:
Estatuto tributario, Art. 617. “Para efectos tributarios, la expedición de factura a que se refiere el artículo 615 consiste en entregar el original de la misma, con el lleno de los siguientes requisitos:
a.       Estar denominada expresamente como factura de venta.
b.       Apellidos y nombre o razón y NIT del vendedor o de quien presta el servicio.
c.       Apellidos y nombre o razón social y NIT del adquirente de los bienes o servicios, junto con la discriminación del IVA pagado.
d.       Llevar un número que corresponda a un sistema de numeración consecutiva de facturas de venta.
e.       Fecha de su expedición.
f.         Descripción específica o genérica de los artículos vendidos o servicios prestados.
g.       Valor total de la operación.
h.       El nombre o razón social y el NIT del impresor de la factura.
i.         Indicar la calidad de retenedor del impuesto sobre las ventas.

PROCEDIMIENTOS ESPECIALES:


ARQUEO
El Arqueo es el análisis  de una transacción durante  un  lapso  de  tiempo  determinado,  con  el  objetivo  de  comprobar  si se  ha  contabilizado  todo  el dinero  recibido.  Para  que  el  arqueo  se  realice  de  manera  adecuada  se  hará  una  vez  por  semana. La  persona  que  controla  el  proceso  de  arqueo  será  el  auditor  de  ingresos  en  compañía  de la recepcionista,  el  auditor  de  ingresos  será  el  responsable  de realizar  el  proceso  de  arqueo.
El  proceso  del  arqueo  se  describe  a  continuación:
1.          Lo  realiza  el auditor  de  ingresos.
2.       Alista  el  formato  de  arqueo.
3.       Se  dirige  a  recepción  a  realizar  el  respectivo  arqueo.
4.       Pide  al  recepcionista  que le  muestre  el  paid-out,  avances  y  recibos  de  caja  que  tenga  o  haya pagado.
5.       Pide  el  dinero  efectivo  que  halla  en  caja.
6.       Se  hace  conteo  de  recibo  y  efectivo  “será el  total  de  la base  que debe  tener  la  caja  de  recepción”.
NOTA: Si  hay  dinero  faltante  el  recepcionista  debe  pagar.  Si  hay  dinero  sobrante  debe  ser  enviado  y  reportado.
7.       Se  diligencia  el  formato  de  arqueo  que  debe  llevar:  firma  de  cajero  y auditor  de  ingresos.
Es  avalado  por: tesorería  y  contralor.

REEMBOLSO

El Reembolso es lal  totalidad  de  vales,  cheques  y  efectivo  que  se  encuentra  en  la  caja,  este  proceso  tendrá  que  ser  realizado  al  final  de  cada  turno,  el  jefe  de  recepción  será  quien  lleve  el  control  de  esta   misma   manera  será  el responsable.
El  procedimiento  de rembolso  se  realizara a  continuación: 
1.          Verificar  los  recibos  que  estén  firmados  por  el  huésped  o  por  los  jefes  de  departamento.
2.       Hacer  un  cuadro  en  Excel  donde  relacione  los  formatos.
3.       Ingresar  recibos  a  este  sistema.
4.       Comparar  el  total  de recibos  con  el efectivo.
5.       Ya  teniendo  la  relación  se  lleve  el paquete  a  tesorería y allí  el  tesorero  revisa  todo  y  devuelve  la plata  que  gasto  para así tener  la  base   de la  caja.


PAID-OUT
El Paid-Out es un  servicio  de  préstamo  de  poco  dinero  que  se  da  al huésped  relacionándolo  en  el  registro  de  paid-out;  dado el  préstamo se  le hará  firmar  un  recibo en el  cual  se  comprometa  cumplir  su  paga  no  se  cobrara  comisión  y  tendrá  un  tope   máximo  de   CIERTA CANTIDAD DE DINERO y se  cargara  a  la   cuenta  final  del huésped,  el  recepcionista   y  jefe  de recepción  son  las  personas  que se encargan  de  controlar  este  proceso  de  igual manera  son  las  personas  responsables.
El procedimiento  que  tendrá  el  paid-out  se  relaciona  de  la  siguiente  manera:
1.          Llega  el  huésped  a  solicitar  dinero.
2.       El  recepcionista  verifica  que  sea  huésped  y  pide el  numero  de  habitación.
3.       De  acuerdo  a  la  cantidad  que  solicite  el  huésped  el recepcionista  informa  al  huésped  el  tope  que  se  tiene  en  el establecimiento.
4.       Diligencia  el formato  del  paid-out  de  acuerdo  al  sistema  que  maneje el establecimiento.
5.       Se  le  pide firma  al  huésped.
6.       Se  entrega  dinero.
7.       Se  entrega  soporte.
8.       Se  guarda   en  el  rack de  habitación  o  en  el  cajón  de  dinero.

4.1.               AVANCE
El Avance es un  servicio  de  préstamo  permanente  que se  carga  a  la tarjeta crédito del huésped,  al  momento  de  realizar  el  préstamo  se  diligencia  la planilla  de  avance  cobrando  una  comisión  (% ) en  este  proceso  el  HOTEL  tendrá  un  tope   que  será  de  Cierta cantidad de dinero.  las  personas  que llevaran  el  control  de  el  avance   será   el  recepcionista  y  el  jefe  de recepción  de  igual  manera  son  las  responsables de  llevarlo  acabo.
El procedimiento  de  avance  se  relaciona  de  la  siguiente  manera:
1.          Llega  el  huésped  a  solicitar  dinero.
2.       El  recepcionista  verifica  que  sea  huésped  y  pide el  numero  de  habitación.
3.       De  acuerdo  a  la  cantidad  que  solicite  el  huésped  el recepcionista  informa  al  huésped  el  cobro  de  comisión  y  el  tope  que  se  maneja  en el  establecimiento.
4.       Diligencia  el formato  de  avance   de  acuerdo  al  sistema  que  maneje el establecimiento.
5.       Se  le  pide firma  al  huésped.
6.       Se  entrega  dinero.
7.       Se  entrega  soporte.
8.       Se  guarda   en  el  rack de  habitación  o  en  el  cajón  de  dinero.

ANTICIPO
El Anticipo es un  servicio    de  préstamo  que  se  da  al huésped  el  cual  será  cargado a la  cuenta  del  mismo   cobrándose  una comisión  (%) y  teniendo   un  tope   de  dinero  en  esta  se  hará  firmar  un recibo  al huésped   comprometiéndolo  a  saldar el  monto  acordado  con el  anticipo,  las  personas  que  se  encargan  de  controlar  el  anticipo   serán  el  jefe  de  recepción  y  el  recepcionista  de  esta  manera  también  se responsabilizan  en  llevarlo  a  cabo
El procedimiento  de  anticipo  se  relaciona  de  la  siguiente  manera:
1.          Llega  el  huésped  a  solicitar  dinero.
2.       El  recepcionista  verifica  que  sea  huésped  y  pide el  numero  de  habitación.
3.       De  acuerdo  a  la  cantidad  que  solicite  el  huésped  el recepcionista  informa  al  huésped  el  cobro  de  comisión  y  el  tope  que  se  maneja  en el  establecimiento.
4.       Diligencia  el formato  de  anticipo   de  acuerdo  al  sistema  que  maneje el establecimiento.
5.       Se  le  pide firma  al  huésped.
6.       Se  entrega  dinero.
7.       Se  entrega  soporte.
8.       Se  guarda   en  el  rack de  habitación  o  en  el  cajón  de  dinero.